El pleno de la Cámara de Diputados aprobó en lo general el proyecto de decreto por el que se reforman y adicionan disposiciones a la Ley de Hidrocarburos.
La aprobación se dio con 292 votos a favor, 153 en contra y 11 abstenciones.
En una sesión ordinaria semi presencial, el pleno votó a favor del proyecto que contempla la suspensión de permisos de refinación, transporte, distribución o expendio de petrolíferos a empresas prestadoras del servicio cuando se prevea un peligro inminente para la seguridad nacional, la seguridad energética o para la economía nacional.
El proyecto faculta a la Secretaría de Energía o a la Comisión Reguladora de Energía a que, en el ámbito de sus respectivas competencias, puedan suspender de manera temporal los permisos.
En este caso, la autoridad podrá hacerse cargo de la administración y operación del Permisionario a fin de garantizar los intereses de los usuarios finales y consumidores, con lo que quedan a salvo los derechos de los terceros.
Para ello podrá utilizar al personal que el Permisionario utilizaba, contratar un nuevo operador o una combinación de ambas opciones.
En una adenda incorporada al dictamen, se estableció que para brindar certeza jurídica y garantizar el debido proceso, la suspensión requerirá la notificación previa al Permisionario, con las causas que la motivaron.
El Permisionario contará con 15 días para responder y la autoridad con otros 15 días para resolver.
El dictamen aprobado establece la figura de Negativa Ficta para que transcurrido el plazo fijado y sin obtener respuesta de la Secretaría de Energía o la Comisión Reguladora de Energía para la expedición de permisos, se entienda que éstos no serán otorgados.
Establece como obligación para el otorgamiento de permisos que el solicitante demuestre contar la capacidad de almacenamiento determinado por la Secretaría de Energía.
Con información de medios nacionales
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