Fecha de hoy25 noviembre, 2024

Senado aprueba la reforma constitucional del Poder Judicial

El pleno del Senado de la República aprobó la reforma constitucional del Poder Judicial,  con 83 votos a favor, 13 en contra y 3 abstenciones.

Se trata de modificaciones a los artículos 94,97,99,100,103,105 y 107.

Busca poner fin a practicas corruptas de jueces y magistrados, evitar designaciones por dedazo o por vínculos familiares, fortalecer la defensoría de oficio para los mas desfavorecidos y consolidar a la Suprema Corte de Justicia de la Nacióncomo máximo Tribunal Constitucional.

Las modificaciones más relevantes de la llamada Reforma para y con el Poder Judicial son:

  • – Se fortalece a la SCJN como tribunal constitucional, permitiéndole centrarse en los asuntos de mayor impacto nacional y que impliquen una violación a la Constitución y a los Derechos Humanos. Por ejemplo, en las controversias únicamente se atenderán violaciones a la Constitución, de modo que se eviten planteamientos en torno a conflictos de leyes o a constituciones locales; y, por otro lado, se aclara que en una controversia constitucional se pueden hacer planteamientos en torno a violaciones a derechos humanos. Esto fortalece el Federalismo.
  • – Se fortalece a la defensoría pública para tener mas y mejores defensores que se constituyan en abogados de los que menos tienen;
  • – Se profesionaliza la carrera judicial para tener más y mejores jueces federales. Con ello se logra la meritocracia en el acceso a la carrera judicial, y profesionalización como requisito de permanencia en la misma.
  • – Por primera vez la paridad de género se establece como política pública, principio y regla en toda la carrera judicial;
  • – Se dota al Consejo de la Judicatura de mejores instrumentos para combatir nepotismo, corrupción, impunidad y acoso sexual. Se modifica la procedencia del recurso de revisión administrativa en contra de las decisiones del CJF. Aquí destaca la eliminación de dicho recurso contra las designaciones de juezas, jueces, magistradas y magistrados. Se otorga al Consejo la facultad de concentrar asuntos de graves violaciones a derechos humanos de particular trascendencia social, en uno o algunos de los órganos jurisdiccionales que estén conociendo de los hechos.
  • – Se crea a nivel constitucional, una auténtica escuela de formación judicial para lograr impartidores de justicia de la más alta calidad.
  • – Se eliminan Tribunales Unitarios para sustituirse por Tribunales Colegiados de Apelación, lo que implica que, en segunda instancia, los tribunales tengan tres titulares -en lugar de uno- y con ello se pueda generar mayor debate y se eleve la calidad de la justicia.

Esta reforma obedece a la iniciativa enviada al Senado por el presidente Lopez Obrador y que retomó íntegramente la propuesta de la Suprema Corte de Justicia de la Nación.

Se le hicieron algunos ajustes para lograr los consensos finales y que fuera aprobada.

Entre los más importantes están:

  • • Se establece la facultad del CJF para concentrar el conocimiento y resolución de asuntos de naturaleza homóloga en los órganos jurisdiccionales, tratándose de violaciones graves de derechos humanos, justificando en ello la razón o el interés social.
  • • Se mantiene la competencia para impugnar por la vía del Amparo, normas generales o actos de autoridad federal que afecten la soberanía de las entidades federativas.
  • • Se elimina la restricción para la procedencia de la controversia constitucional a violaciones a la Constitución cuando éstas no fueren directas, y se amplía expresamente al supuesto de transgresión a los derechos humanos.

Los 7 senadores de Movimiento Ciudadano,4 del PAN, el senador sin partido Emilio a Alvarez Icaza y German Martinez , de Morena votaron en contra.

Las 3 abstenciones fueron de senadores morenistas.

La minuta se envió a la Cámara de Diputados para su análisis y ratificación.

Con información de medios nacionales

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