El Aeropuerto Internacional de Querétaro (AIQ) informa que a partir del 26 de enero los visitantes o ciudadanos que deseen ingresar a Estados Unidos (EU), deberán presentar a la aerolínea con la que vuelen un comprobante de resultado negativo de la prueba de detección o constancia de recuperación de COVID-19.
Lo anterior se debe a que el pasado 12 de enero el Centro para el Control y Detección de Enfermedades de Estados Unidos (CDC) emitió una orden que solicita, como requisito, que todos los pasajeros provenientes del extranjero que llegan a EU en avión se realicen una prueba de detección de COVID-19 con un máximo de tres días previo a la salida de su vuelo y presenten a la aerolínea antes de abordar el avión una constancia de prueba con resultado negativo o un documento que demuestre su recuperación de la enfermedad; podrán mostrar una prueba NAAT/PCR o de antígenos.
De acuerdo con el CDC, se deberá entregar a la aerolínea una copia impresa o electrónica del resultado de su prueba para que la aerolínea la revise antes de permitir el abordaje y para que los funcionarios de salud pública puedan revisar después en EU.
La aerolínea confirmará el resultado negativo de las pruebas de detección de COVID-19 o la documentación de recuperación de todos los pasajeros antes de abordar.
Esta orden rige a todos los vuelos que salgan a EU, incluidos los vuelos privados, comerciales y chárter.
Es indispensable que el viajero se realice la prueba y la presente antes de volar, aún si ya está vacunado contra COVID-19. La prueba deberá realizarse incluso si el pasajero tiene otro destino final y únicamente hace un vuelo de conexión en EU.
Si un pasajero decide no presentar los resultados de la prueba ni la documentación de recuperación, la aerolínea no le autorizará abordar el avión.
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