La Suprema Corte de Justicia de la Nación declaró, la tarde del 1 de octubre, como constitucional la consulta popular impulsada por el presidente Andrés Manuel López Obrador sobre el enjuiciamiento contra expresidentes.
El dictamen se produjo tras recibir seis votos a favor y cinco en contra.
Así, el Supremo rechazó por mayoría simple el recurso presentado por Luis María Aguilar, que solicitaba declarar inconstitucional la consulta, que fue solicitada al Senado por el presidente.
Los seis magistrados que consideraron que una consulta se apega a las leyes son el presidente de la corte, Arturo Zaldívar, y los jueces Alfredo Gutiérrez Ortíz, Juan Luis González Alcántara, Ana Margarita Ríos Farjat, Yasmín Esquivel Mossa y Alberto Pérez Dayán.
Esos magistrados coinciden en que la materia de la consulta popular encaja con el artículo 35 de la Constitución, que establece el mecanismo electoral de consulta popular. La Carta Magna señala que se puede “votar en las consultas populares sobre temas de trascendencia” para el país.
El voto de estos seis jueces despeja las dudas y rechaza la postura de Aguilar, que aseguraba que “la materia que se solicita consultar, de acuerdo a su diseño y contenido, conlleva en sí una restricción de los derechos humanos de las mexicanas y mexicanos y una afectación a las garantías para su protección, al condicionar su efectividad y ejecución al resultado de ese mecanismo participativo; desnaturalizando con ello su propósito y finalidad”.
En la sesión virtual de la SCJN, el ministro presidente, Arturo Zaldívar, se manifestó en contra del proyecto del ministro, Luis María Aguilar,sobre la inconstitucionalidad de la consulta ciudadana; “la Corte no debe frustrar la participación ciudadana”, afirmó.
Zaldívar señaló que el ejercicio de laconsulta ciudadana tiene un “carácter pacificador” y adelantó que votaría en contra de la inconstitucionalidad de la consulta para enjuiciar a expresidentes.
Lo que la consulta popular busca conocer es si la ciudadanía está de acuerdo en que se enjuicie a los expresidentes, apuntó Zaldívar.
La SCJN atendió la solicitud de consultapopular que López Obrador envió al Senado, donde se plantearía la siguiente pregunta:
“¿Está de acuerdo o no con que las autoridades competentes, con apego a las leyes y procedimientos aplicables, investiguen, y en su caso sancionen, la presunta comisión de delitos por parte de los expresidentes Carlos Salinas de Gortari, Ernesto Zedillo Ponce de León, Vicente Fox Quesada, Felipe Calderón Hinojosa y Enrique Peña Nieto antes, durante y después de sus respectivas gestiones?”.
El pleno de la SCJN discutió el proyecto que elaboró el ministro, Luis María Aguilar Morales, donde propuso declarar inconstitucional la consulta para enjuiciar a cinco expresidentes de México.
En sus conclusiones, el ministro Aguilar Morales advirtió que la materia de esta solicitud de consulta es “un concierto de inconstitucionalidades que pudieran incidir negativamente en el acceso a la justicia, la persecución de los delitos y el estado de derecho mismo”.
Con información de medios nacionales
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