
El mes de marzo, en materia electoral contempla fechas importantes para los aspirantes y candidatos a cargos de elección.
El 7 de marzo, es la fecha límite para que todos los funcionarios que buscaran un cargo de elección se separen del cargo, que de acuerdo al articulo14, fracción V de la Ley Electoral del Estado de Querétaro señala; que para ser postulado a cargos de elección, No ser titular de la Presidencia Municipal, ni ser titular de ninguno de los organismos a los que la Constitución Local otorga autonomía, ni ser Secretario o Subsecretario de Estado, ni titular de alguno de los organismos descentralizados o desconcentrados de la Administración Pública Federal, Estatal o Municipal, a menos que se separe de sus funciones, mediante licencia o renuncia en los términos de ley, por lo menos noventa días naturales antes del día de la elección. Con independencia al cargo que se postulen, las y los diputados no requerirán separarse de sus funciones; así mismo las y los síndicos y las y los regidores tampoco requerirán separarse de sus funciones a menos de que contiendan al cargo de titular de la Presidencia Municipal, para lo cual deberán pedir licencia en los términos de la presente fracción;
Es así que en las próximas semanas los alcaldes que se reelegirán o busquen otro cargo de elección, deberán separarse del cargo: